INFORME DE SU RESIDENCIA

Registro de ciudadanos de la Unión Europea

En esta página encontrará información sobre el Certificado de Registro de Ciudadanía de la Unión Europea. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), Andorra y Suiza no necesitan obtener un permiso de residencia en Portugal. Sin embargo, estas personas están obligadas a registrarse en Portugal cuando permanecen más de 3 meses en este país. Después de cinco años, estos ciudadanos deben solicitar el certificado de residencia permanente (para más información, consulte aquí).

Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), de Andorra y de Suiza están obligados a obtener el certificado de registro como ciudadano de la Unión Europea.

El Certificado de Ciudadanía de la Unión Europea se solicita, por regla general, después de que la persona haya residido o permanecido en Portugal durante un período superior a 3 meses. Sin embargo, es posible obtener este certificado antes de que se cumpla el plazo de 3 meses si es necesario obtenerlo como prueba de domicilio en Portugal.

Este certificado se solicita en los servicios del Ayuntamiento de la zona de residencia de la persona que pretende solicitarlo. En algunos casos, estos servicios competentes se encuentran en las Tiendas del Ciudadano.

Tenga en cuenta que el procedimiento y los documentos requeridos varían de un municipio a otro, por lo que es aconsejable que antes de acudir al servicio competente confirme cuáles son los documentos que solicita dicho servicio.

Sin embargo, a continuación presentamos una lista con los documentos que generalmente se solicitan:
– Documento de identificación;
– Números de identificación fiscal;
– Prueba de domicilio en Portugal (contrato de arrendamiento, escritura pública, etc.);
– Prueba de medios económicos suficientes (extracto bancario).
Cabe señalar que algunos ayuntamientos exigen la presentación de un certificado del consejo parroquial competente de la zona de residencia. Para obtener este documento será necesario concertar una cita en el Consejo Parroquial de su zona de residencia.

Como norma general, es obligatorio que la persona solicite este certificado en persona, y no es posible otorgar poderes a un tercero para que le represente en este registro. Sin embargo, algunos Ayuntamientos permiten esta representación.

La solicitud de registro como ciudadano de la Unión Europea está sujeta a una tasa de 15 euros. Este pago se realiza en el momento de la solicitud.

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