Autónomo en Portugal: régimen simplificado vs contabilidad organizada

Si eres autónomo en Portugal (trabalhador independente, con recibos verdes) o tienes un negocio como persona física, tus rendimientos de la categoría B tributan en uno de dos regímenes: el régimen simplificado (regime simplificado) o la contabilidad organizada (contabilidade organizada). La elección afecta a cuánto impuesto pagas y a tus obligaciones. Te explicamos cómo funciona cada uno y cuándo conviene.

📋 El régimen simplificado

Quién: se aplica automáticamente a los autónomos cuyo rendimiento bruto del año anterior no superó los 200.000 €, salvo que opten por la contabilidad organizada.

Cómo funciona: el rendimiento imponible se calcula aplicando un coeficiente al rendimiento bruto:

  • 0,75: servicios profesionales de la tabla de actividades del Código del IRS (consultores, abogados, arquitectos, informáticos, etc.)
  • 0,35: otros servicios no incluidos en la tabla
  • 0,15: ventas de mercancías y productos, y servicios de hostelería y restauración
  • 0,35 (o 0,50 en zonas de presión urbanística): alojamiento local en casas y apartamentos
  • 0,95: rendimientos de propiedad intelectual y rendimientos de capital e inmobiliarios atribuidos a la actividad
  • 0,10: subvenciones a la explotación

 

La regla del 15 %: para los rendimientos con los coeficientes 0,75 y 0,35, al menos el 15 % del rendimiento bruto debe justificarse con:

  • Una deducción automática igual a la deducción específica de la categoría A (4.587,09 € en 2026)
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social
  • Gastos de la actividad registrados en el e-Fatura (alquiler del espacio de trabajo, equipos, formación, servicios profesionales, desplazamientos, etc.; algunos gastos de uso mixto cuentan solo en parte)

 

Si el importe justificado es inferior al 15 %, la diferencia se suma al rendimiento imponible.

Primeros años: el coeficiente se reduce en los primeros años de actividad para los nuevos autónomos un 50 % el primer año y un 25 % el segundo, siempre que no obtengas rendimientos del trabajo o de pensiones (categorías A o H) esos años y no hayas cesado una actividad hace menos de cinco años.

Ventajas: sencillo, barato y sin necesidad de contable certificado.

📊 Contabilidad organizada

Quién: obligatoria cuando el rendimiento bruto supera los 200.000 € dos años seguidos (o en más de un 25 % en un año); opcional para el resto.

Cómo funciona: el rendimiento imponible es el beneficio real: ingresos menos todos los gastos justificados de la actividad, calculado con reglas similares a las del impuesto de sociedades (IRC):

  • Gastos (alquiler, personal, materiales, servicios, desplazamientos, etc.)
  • Amortizaciones de equipos, vehículos y edificios
  • Gastos financieros (intereses de préstamos)
  • Pérdidas compensables durante 12 años

 

Obligaciones: es obligatorio un contable certificado (contabilista certificado), con contabilidad completa y declaraciones anuales. En general, la opción debe mantenerse al menos tres años.

⚖️ ¿Cuál es mejor?

El régimen simplificado suele ser mejor cuando:

  • Tus gastos reales son bajos: por ejemplo, por debajo del 25 % de los ingresos con un coeficiente de 0,75
  • Quieres sencillez y costes bajos

 

La contabilidad organizada suele ser mejor cuando:

  • Tus gastos reales son altos: por encima de lo que presume el coeficiente
  • Tienes empleados, equipos importantes o gastos financieros
  • Tienes pérdidas que compensar

 

Prueba rápida (coeficiente 0,75): el régimen simplificado presume que el 25 % de tus ingresos son gastos. Si tus costes reales (más los honorarios del contable) son mayores, la contabilidad organizada puede compensar.

🌐 IVA y Seguridad Social

La elección del régimen solo afecta al IRS. El IVA (con la exención hasta 15.000 € de volumen de negocio) y las cotizaciones a la Seguridad Social (sobre el 70 % del rendimiento relevante en servicios) siguen sus propias reglas.

💡 Consejos prácticos

  • Registra los gastos en el e-Fatura en tu actividad: son necesarios para la regla del 15 %.
  • Simula ambos regímenes con tus cifras reales antes de elegir.
  • Cambio de régimen: la opción se hace en la declaración de inicio o de modificación de actividad, dentro de plazo.
  • IFICI o IRS Jovem: estos regímenes pueden aplicarse a los rendimientos de la categoría B en ambos regímenes, con condiciones.

🚀 Consideraciones finales

El régimen simplificado es sencillo y funciona bien para profesionales con pocos costes. La contabilidad organizada refleja tu beneficio real y compensa cuando los gastos son altos. La elección correcta depende de tus cifras y puede cambiar a medida que crece tu negocio.

📢 Consejo de experto: Revisa tu régimen cada año a medida que crece tu negocio. Una elección que tenía sentido al empezar puede costarte dinero más adelante.

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Este artículo tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento fiscal. Refleja las normas vigentes en octubre de 2026.

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