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Retención en la fuente en los recibos verdes: 5 reglas para saber cuánto le retienen y cuándo puede evitarlo
Step Inside Accounting · Guía práctica
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1. Solo retiene el cliente con contabilidad organizada
La obligación de retener es del cliente, y solo existe cuando tiene o debe tener contabilidad organizada: en la práctica, casi todas las empresas y algunos autónomos. No hay retención cuando el cliente es:
- un particular;
- un autónomo en el régimen simplificado;
- una empresa extranjera sin sede ni establecimiento permanente en Portugal.
La retención se calcula sobre el valor del servicio, sin IVA, y no se practica cuando el importe a retener es inferior a 25 €. Los gastos que pagó en nombre y por cuenta del cliente, y que este le reembolsa, tampoco tienen retención.
2. Conozca el tipo de su actividad en 2026
El tipo depende del código con el que abrió la actividad y de dónde tiene su domicilio fiscal:
| Tipo de rendimiento | Continente | Madeira | Azores |
|---|---|---|---|
| Actividades de la tabla CIRS | 23% | 16,1% | 16,1% |
| Otros servicios | 11,5% | 11,5% | 8,05% |
| Derechos de autor y propiedad intelectual | 16,5% | 16,5% | 11,6% |
| Comisiones de intermediación (por ejemplo, mediación inmobiliaria) | 23% | 16,1% | 16,1% |
Es usted quien indica el tipo al emitir la factura, así que confírmelo siempre. Un tipo demasiado alto no se pierde, porque se ajusta en el IRS, pero recibe menos durante el año; un tipo demasiado bajo le deja con más impuesto que pagar en la liquidación.
3. Por debajo de 15.000 € puede usar la dispensa
Si prevé que sus ingresos como autónomo van a quedar por debajo de 15.000 € en el año, puede facturar sin retención. No hay que pedir nada a Finanças: al emitir cada factura, elige la opción de dispensa de retención y el documento lleva esa mención. El cliente le paga el importe íntegro.
Hay tres límites:
- solo puede usar la dispensa si sus ingresos del año anterior no llegaron a 15.000 €;
- no se aplica a las comisiones de intermediación, como las de mediación inmobiliaria, que siempre tienen retención;
- es opcional: si prefiere no tener una factura grande que pagar en la liquidación del IRS, puede dejar que el cliente retenga.
4. La dispensa termina cuando supera el límite
La dispensa deja de aplicarse en el mes siguiente a aquel en que llega a 15.000 €. A partir de ese mes, las facturas a clientes con contabilidad organizada tienen que llevar retención y, al año siguiente, ya no puede usar la dispensa.
Por ejemplo, si llega a 15.000 € el 20 de agosto, las facturas emitidas a partir del 1 de septiembre llevan retención. El Portal das Finanças muestra la lista de todos los documentos que ha emitido, pero la cuenta es suya: vaya sumando lo que factura y avise a los clientes antes de que vuelva la retención.
5. Lo que le retuvieron se descuenta en el IRS
Cada retención es IRS que ya ha pagado. Los clientes comunican a Finanças lo que le retuvieron y, en la declaración anual del IRS, el total retenido se descuenta del impuesto del año:
- si le retuvieron más que el impuesto final, recibe la devolución de la diferencia;
- si le retuvieron menos, paga la diferencia.
Antes de presentar la declaración, compruebe que las retenciones que aparecen corresponden a las de sus facturas. Si un cliente retuvo y no lo comunicó, o comunicó otro importe, es él quien tiene que corregirlo, y es mejor saberlo antes de presentar el IRS.
Ejemplo
Pedro es ingeniero (actividad de la tabla CIRS), cobra IVA y vive y trabaja en el continente. Emite una factura de 1.000 € a una empresa con contabilidad organizada:
- valor del servicio: 1.000 €
- IVA (23%): 230 €
- total de la factura: 1.230 €
- retención de IRS que hace el cliente (23% de 1.000 €): − 230 €
- importe que entra en la cuenta de Pedro: 1.000 €
Pero no todo ese dinero es suyo. De los 1.000 € que recibe, 230 € son el IVA que tiene que ingresar al Estado. Lo que Pedro se queda realmente es 770 € (1.000 € − 230 €). Los 230 € retenidos no se pierden: son IRS pagado a cuenta.
- Si Pedro viviera y trabajara en Madeira, la factura llevaría IVA al 22% (220 €) y retención al 16,1% (161 €). Entrarían en la cuenta 1.059 € (1.220 € − 161 €), de los cuales 220 € son IVA a ingresar: se quedaría con 839 €.
- A final de año, Pedro sumó 6.900 € de retenciones. Si su IRS final es de 5.000 €, recibe 1.900 € de devolución; si es de 8.000 €, paga 1.100 € más.
Consejo del equipo
Si usa la dispensa, nadie le retiene nada, y el IRS del año llega de una sola vez en la liquidación. Aparte cada mes una parte de lo que recibe (hacemos la estimación con usted). Cuando se acerque a los 15.000 €, avísenos: le ayudamos a ver a partir de qué factura vuelve la retención y a avisar a los clientes.
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Este artículo es meramente informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Los importes y las reglas son los vigentes en la fecha de publicación y pueden cambiar.
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