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¿0,75 o 0,35? 5 reglas para saber qué coeficiente se aplica a su trabajo
Step Inside Accounting · Guía práctica
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1. Entienda la diferencia entre 0,75 y 0,35
El coeficiente es la parte de lo que factura que cuenta como rendimiento. El resto se considera gasto, sin necesidad de justificarlo:
- 0,75: actividades profesionales que figuran expresamente en la tabla de actividades del IRS; tributa el 75% de lo que factura;
- 0,35: otras prestaciones de servicios que no están en esa tabla; tributa el 35%.
Con la misma facturación, la base imponible con el coeficiente 0,35 es menos de la mitad que con el 0,75. Por eso vale la pena entender bien dónde encaja su trabajo.
2. Actividad profesional es la que está en la tabla
La tabla de actividades del IRS enumera las profesiones tratadas como actividades profesionales, cada una con un código de cuatro dígitos. Algunos ejemplos:
- arquitectos (1001) e ingenieros (1003);
- contables (4013) y economistas (4014);
- abogados (6010);
- programadores informáticos (1332), diseñadores (1336) y traductores (1334);
- fisioterapeutas (5012) y nutricionistas (5013);
- profesores particulares (8010) y formadores (8011).
Si el servicio que presta no está en la tabla, la actividad se clasifica con un código CAE (por ejemplo, organización de eventos o servicios de limpieza) y el coeficiente es 0,35.
3. Cuidado con el código 1519
La tabla incluye un código residual, el 1519 – Otros prestadores de servicios. Solo debe usarse cuando su servicio no encaja en ningún código específico, de la tabla o CAE. Como no corresponde a una profesión concreta, se le aplica el coeficiente 0,35 y, cuando el cliente retiene, el tipo del 11,5%.
No lo elija solo porque supone menos impuesto. Si su trabajo corresponde a una actividad de la tabla (por ejemplo, programación o diseño), Finanças puede corregir el encuadramiento y aplicar el 0,75 a los años anteriores, con intereses.
4. El coeficiente sigue lo que hace, no solo el código
El código de actividad debe reflejar el servicio que presta realmente. Si hace cosas distintas, puede tener un código principal y códigos secundarios, y cada factura debe emitirse con el código del servicio al que corresponde. Por ejemplo, una traductora que también organiza eventos factura las traducciones con el código de traductora (0,75) y los eventos con el código CAE de eventos (0,35).
Si cambia de trabajo, o si el código que eligió no corresponde a lo que hace, corríjalo con una declaración de alteraciones de actividad en el Portal das Finanças.
5. El coeficiente también cambia la retención, pero no la Seguridad Social
La misma división se aplica a la retención en la fuente: en las actividades de la tabla, el cliente con contabilidad organizada retiene el 23% (en el continente); en los demás servicios, el 11,5%. Vea el artículo sobre la retención en la fuente. En la Seguridad Social no hay diferencia: las cotizaciones se calculan sobre el 70% de lo que factura en cualquier prestación de servicios.
En los dos primeros años de actividad, los dos coeficientes pueden reducirse (un 50% el primer año y un 25% el segundo) si no tiene sueldo ni pensiones: 0,75 pasa a 0,375 y después a 0,5625; 0,35 pasa a 0,175 y después a 0,2625. Vea los beneficios del 1.er y 2.º año.
Ejemplo
Marta y Sónia facturan, cada una, 30.000 € al año y ya han pasado sus dos primeros años de actividad.
- Marta es traductora (código 1334, de la tabla): rendimiento imponible de 22.500 € (75% de 30.000 €).
- Sónia organiza eventos (código CAE, fuera de la tabla): rendimiento imponible de 10.500 € (35% de 30.000 €).
Con la misma facturación, Marta tributa sobre 12.000 € más. En cambio, si un cliente con contabilidad organizada le paga 1.000 €, le retiene 230 €; a Sónia, 115 €. En las dos, la Seguridad Social se calcula sobre 21.000 € (70% de 30.000 €).
Consejo del equipo
Antes de abrir la actividad, descríbanos en dos frases lo que va a hacer y para quién. Eso es lo que decide el código, y el coeficiente. Si ya tiene la actividad abierta y no sabe si su código es correcto, envíenos su situación catastral: corregirlo ahora es mucho más barato que en una inspección.
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Este artículo es meramente informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Los importes y las reglas son los vigentes en la fecha de publicación y pueden cambiar.
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